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Tribunal del Séptimo Distrito Judicial

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Mediación en relaciones familiares

La mediación es un proceso mediante el cual las partes en una disputa tratan de llegar a un acuerdo que sea una solución viable para todos los implicados en el caso.

La mediación está guiada por un mediador capacitado y experimentado que ayudará a las partes a identificar y aclarar sus problemas y sus objetivos, de manera que se pueda llegar a un acuerdo viable para todos. El mediador puede asesorar como parte imparcial y ayudar a las partes a lograr una solución duradera en la disputa.

La mediación está disponible en todos los condados del Tribunal del Séptimo Distrito Judicial. Cualquiera de los Jueces del Tribunal de Distrito, o los funcionarios encargados de audiencias en el Tribunal, pueden ordenar una mediación.

En causas de relaciones familiares las partes pueden solicitar una mediación rellenando y presentando el Formulario 4A-205 NMRA, que se puede descargar directamente de este sitio web.

Cómo se desarrolla la mediación

  1. Las partes pueden solicitar una Recomendación para ir a mediación, o un juez presidente o un funcionario de audiencias les pueden enviar a mediación.
  2. Después de presentar una Orden para nombrar mediador o una Orden de mediación (Orden), las partes, o sus abogados, presentarán al mediador una descripción de los asuntos a tratar antes de reunirse con el mediador. Existe un cuestionario disponible que las partes pueden descargar y rellenar la información acerca del asunto o asuntos y luego entregar el cuestionario a los actuarios del tribunal para que, a su vez, se lo entreguen al mediador. Las partes, o sus abogados, necesitan comunicarse con el mediador en diez (10) días laborables desde la fecha en que se presentó la Orden.
  3. Cada una de las partes debe pagar $25.00 al Tribunal antes de la mediación. Entonces se programará una sesión de mediación. Si las partes no pagan los $25.00 en el plazo de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que el juez firmó la Orden, se programará una audiencia para que las partes expliquen la demora en el pago.
  4. Cada una de las partes y su abogado deben firmar un acuerdo de confidencialidad para participar en la mediación.
  5. Al concluir la mediación, el mediador redactará un informe que se entregará al juez encargado del caso. El informe explicará los acuerdos a los que se ha llegado y si quedan todavía asuntos sin resolver. Entonces se preparará un documento que incluirá los acuerdos logrados y los aspectos específicos de los términos del acuerdo.
  6. Las partes serán responsables de incorporar dichos acuerdos en las Órdenes finales del caso, las cuales se convierten entonces en un contrato exigible entre las partes.
  7. Si las partes no logran llegar a un acuerdo, pueden solicitar una audiencia para tratar las cuestiones que quedan por resolver.

Para más información, comuníquese con Gordon Bennett, Abogado de planta, al 505-384- 2974

Instrucciones para descargar formularios

  1. Haga clic en el formulario para descargarlo.
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